Presentación
Según el Artículo 41, del Reglamento Estudiantil de Pregrado, se entiende por traslado el paso de un programa académico a otro dentro de la misma institución, con el reconocimiento de las asignaturas cursadas y aprobadas, con sus correspondientes créditos académicos, que sean equivalentes en el nuevo programa elegido por el estudiante.
Las calificaciones de las asignaturas aprobadas y no aprobadas que se le hayan aceptado al estudiante, en su nuevo programa académico, forman parte de su historia académica, de los promedios del semestre y del promedio acumulado.
Las calificaciones de las asignaturas no homologadas, en su nuevo plan de estudio, seguirán figurando en su historia académica, en el promedio de semestres y en el promedio acumulado.